Pasarán del 52% al 54% de la Base Reguladora los titulares de pensión de viudedad de clases pasivas que tengan 65 años o más, que no perciban otras pensiones públicas, no tengan ingresos por trabajo por cuenta ajena o propia, ni tampoco rendimientos o rentas que, en cómputo anual, superen el límite de ingresos establecidos en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.